top of page

En CONCA Abogados ofrecemos asesoramiento integral en reclamaciones por vicios o defectos de construcción, trabajando junto a peritos especialistas en edificación, arquitectura y control técnico.
Defendemos los derechos de propietarios, comunidades de propietarios y promotores afectados por daños materiales en edificios y viviendas.

Atendemos presencialmente en Madrid, Badajoz, Cuenca, Guadalajara, Valladolid, Sevilla y de forma telemática en toda España.

▶ ¿QUÉ SON LOS DEFECTOS O VICIOS CONSTRUCTIVOS?

Definición según la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)

Un defecto de construcción es una deficiencia en la edificación que provoca un daño material en el edificio o en alguna de sus partes, derivado de fallos en el diseño, ejecución, supervisión, materiales o instalaciones.

Según la LOE, existen tres tipos principales de vicios constructivos:

▶ TIPOS DE DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN

1. Defectos estructurales

Son los más graves. Afectan a elementos que comprometen la seguridad del edificio:

  • Cimentación

  • Soportes

  • Vigas

  • Forjados

  • Muros de carga

  • Elementos estructurales esenciales

Estos defectos comprometen la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

2. Defectos de habitabilidad

Afectan a elementos constructivos o instalaciones que provocan el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad, tales como:

a) Higiene, salud y medio ambiente

  • Humedades

  • Filtraciones

  • Falta de estanqueidad

  • Problemas de ventilación

b) Aislamiento acústico – Protección contra el ruido

  • Ruido excesivo

  • Deficiencias en tabiques o ventanas

c) Ahorro energético y aislamiento térmico

  • Pérdida de calor

  • Envolvente térmica deficiente

  • Puentes térmicos

d) Otros aspectos funcionales

  • Instalaciones mal ejecutadas

  • Desperfectos que impiden un uso adecuado del edificio

3. Defectos de terminación o acabado

Son defectos de ejecución, como:

  • Fisuras y grietas superficiales

  • Pavimentos mal colocados

  • Revestimientos defectuosos

  • Pintura o alicatados mal ejecutados

  • Problemas estéticos o de acabados

Aunque son los menos graves, también generan responsabilidades.

▶ PLAZOS DE GARANTÍA (LOE)

¿Cuánto tiempo cubre la garantía de la construcción?

La Ley de Ordenación de la Edificación establece distintos plazos según el tipo de defecto:

  • 10 años → Defectos estructurales

  • 3 años → Defectos de habitabilidad

  • 1 año → Defectos de terminación o acabado

Los plazos empiezan a contar desde la fecha de recepción de la obra sin reservas, o desde la subsanación de éstas.

▶ PLAZO DE PRESCRIPCIÓN PARA RECLAMAR

¿Cuánto tiempo hay para reclamar los daños una vez aparecidos?

Una vez aparece el daño dentro del plazo de garantía, existe un plazo de dos años para presentar la reclamación por responsabilidad de los agentes que intervinieron en la construcción.

Es fundamental actuar cuanto antes para evitar la prescripción.

▶ RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS AGENTES DE LA EDIFICACIÓN

Responsabilidad según la LOE

Si el daño aparece dentro del plazo de garantía:

  • Se presume la negligencia de los agentes de la edificación.

  • El perjudicado no necesita probar la culpa: basta con acreditar el daño.

Los agentes responsables pueden ser:

  • Promotor

  • Constructor

  • Arquitecto

  • Arquitecto técnico

  • Proyectistas

  • Dirección facultativa

  • Empresas instaladoras

Cada uno responde según su ámbito de intervención.

▶ ¿CÓMO LE AYUDAMOS EN CONCA ABOGADOS?

Asesoramiento integral con peritos especializados

Nuestros servicios incluyen:

  • Inspección técnica del inmueble

  • Informe pericial completo

  • Requerimientos previos y reclamación extrajudicial

  • Negociación con promotores y aseguradoras

  • Procedimientos judiciales para exigir responsabilidades

  • Defensa de comunidades de propietarios

Trabajamos con especialistas en edificación para garantizar una reclamación sólida.

▶ POR QUÉ ELEGIR CONCA ABOGADOS

  • Amplia experiencia en reclamaciones por defectos de construcción.

  • Colaboración con peritos expertos en estructuras, habitabilidad y acabados.

  • Conocimiento profundo de la LOE y jurisprudencia actualizada.

  • Estrategias eficaces para obtener indemnizaciones o subsanaciones completas.

  • Trato directo, transparencia y compromiso con el cliente.

▶ CONTACTE CON NUESTROS ABOGADOS PARA RECLAMACIONES POR DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN

Analizamos su caso, valoramos los daños y diseñamos una estrategia eficaz para lograr la reparación o la indemnización correspondiente.

📞 Teléfono: 900 83 12 40
📧 Correo: consultas@conca-abogados.es
📍 Oficinas: Atendemos presencialmente en Madrid, Badajoz, Cuenca, Guadalajara, Valladolid, Sevilla y de forma telemática en toda España

ABOGADOS DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN Extremadura: Almendralejo, Badajoz, Cáceres, Don Benito, Mérida, Montijo, Navalmoral de la Mata, Olivenza, Plasencia, Villanueva de la Serena, Zafra. ABOGADOS DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN Madrid: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Colmenar Viejo, Madrid, San Sebastián de los Reyes, Tres Cantos. ABOGADOS DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN Cuenca: Cuenca, Tarancón. ABOGADOS DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN Soria: Soria, Almazán. ABOGADOS DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN Valladolid.

Abogados Especialistas en Defectos de Construcción – Reclamaciones por Vicios Constructivos (LOE)

Defectos de Construcción
¿Necesitas solución? Contacta con nosotros

Estamos para ayudarte. Contacta con nosotros por teléfono, e-mail o redes sociales.

bottom of page