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Derecho de familia - Pactos matrimoniales en previsión de crisis conyugal

  • CONCA ABOGADOS BADAJOZ
  • 29 jul 2015
  • 1 Min. de lectura

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 24 DE JUNIO DE 2015

Pactos matrimoniales en previsión de crisis conyugal. El Tribunal Supremo establece que los pactos no son contrarios a la ley, moral ni orden público, en cuanto se limitan a pactar un acuerdo económico para el caso de separación conyugal, lo cual ya tiene cabida en los ordenamientos autonómicos, en otros Estados de la Unión Europea y con un refrendo normativo en los Arts. 1323 y 1325 del Código Civil.

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