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Derecho laboral - Subsidio de desempleo y rescate de plan de pensiones


SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO SOCIAL, DE 3 DE FEBRERO DE 2016

El caso planteado consistía en determinar si el subsidio de desempleo para mayores de 52 años es compatible con la percepción de ingresos provinientes del rescate de un plan de pensiones que no fue comunicado al Servicio Público de Empleo (SPEE).

Establece el Tribunal Supremo que no cabe considerar como renta o ingreso computable el importe total del plan de pensiones rescatado, sino que habrá de considerarse como ingreso, en su caso, la plusvalía o ganancia que ha generado dicho plan.

En el caso discutido en la sentencia, el Tribunal Supremo concluye que las únicas rentas o ingresos computables de la actora son los rendimientos, plusvalías o beneficios que le haya podido generar el Plan de Pensiones durante el tiempo en el que el mismo subsistió, sin que quepa imputar como renta o ingreso el importe total del rescate del mismo.

Al no constar si han existido tales beneficios, plusvalías o rentas ni, en su caso, el importe de los mismos, la actora no ha cometido la infracción que el SPEE le imputa, a saber, no comunicar la obtención de las rentas y percibir prestación por desempleo indebidamente.

Por lo tanto, al no poder subsumirse la conducta de la actora en el tipo descrito en el artículo 25.3 de la LISOS , no ha cometido la infracción contemplada en dicho precepto y, por ende, no procede imponerle la sanción establecida en el artículo 47.1 b) de la LISOS.

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