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Derecho de Familia - Custodia compartida y uso de vivienda familiar


SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 27 DE JUNIO DE 2016

El Tribunal Supremo establece que a la hora de atribuir el uso de la vivienda familiar en caso de guarda y custodia compartida, habrá que ponderar las circunstancias concurrentes en cada caso, con especial atención de dos factores:

  • En primer lugar, al interés más necesitado de protección, que no es otro que aquel que permita compaginar los periodos de estancia de los hijos con su dos padres.

  • En segundo lugar, a si la vivienda que constituye el domicilio familiar es privativa de uno de los cónyuges, de ambos, o pertenece a un tercero.

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