Derecho de Familia - Régimen de Visitas
- CONCA ABOGADOS BADAJOZ
- 8 jul 2015
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SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 18 DE JUNIO DE 2015
El Tribunal Supremo fija doctrina sobre la suspensión del régimen de visitas de menores bajo tutela de la Administración y establece lo siguiente: "La Entidad Pública está legitimada para decidir sobre la suspensión del régimen de visitas y comunicaciones de los menores bajo su tutela por ministerio legal y en acogimiento residencial respecto de sus padres biológicos, a fin de garantizar el buen fin de la medida de protección acordada, sin perjuicio de la función supervisora del Ministerio Fiscal y del preceptivo control judicial de la resolución administrativa adoptada, a quienes se dará cuenta inmediata de la medida adoptada".
























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