Derecho de Familia - Carácter ganancial de parte de vivienda familiar adquirida antes del matrimonio
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 7 DE JULIO DE 2016
El Tribunal Supremo establece que en el caso de una vivienda familiar adquirida por los litigantes en estado de solteros, cuando el pago de parte del precio mediante un préstamo hipotecario satisfecho con dinero ganancial desde que contrajeron matrimonio, debe incluirse en el activo de la sociedad de gananciales, la vivienda familiar en la cuota del precio correspondiente a las cantidades del préstamo hipotecario pagadas constante matrimonio. En este caso, el Tribunal Supremo equipara, a efectos de lo dispuesto en los arts. 1357 y 1354 CC, las amortizaciones de la hipoteca y los pagos de una compraventa a plazos.